Por primera vez, un Tribunal Colegiado en Chihuahua leyó una sentencia en lengua indígena y ordena al Estado garantizar la integración de la comunidad de Huitosachi al desarrollo económico y turístico, así como a remediar las afectaciones medioambientales, como la contaminación y despojo del agua, así como el manejo adecuado de la basura.
La Consultoría Técnica Comunitaria dio a conocer la resolución que marca precedente porque el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal y Administrativa leyó en rarámuri la sentencia a favor de integrantes de la comunidad rarámuri de Huitosachi en el municipio de Urique.
Desde hace 15 años, la lucha de la comunidad inició con el objetivo de alcanzar la justicia y reparación a los daños que han ocasionado los diversos desarrollos turísticos en la zona de Barrancas del Cobre, los integrantes de la comunidad sufrieron el despojo de tierra, contaminación del agua y se han incrementado los tiraderos de basura que se encuentran al aire libre.
Un camino por los juzgados y tribunales
Fue en el 2010, cuando la comunidad de Huitosachi denunció las afectaciones que el desarrollo turístico en la región de las Barrancas del Cobre generó en su comunidad: despojo y contaminación del agua, así como la presencia de desechos sólidos al aire libre, y la exclusión de la comunidad en el desarrollo económico derivado de las actividades turísticas.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación emitió la sentencia del amparo 635/2010, en el que ordenó la creación del Consejo Consultivo Regional en el que participaría la comunidad para garantizar su derecho a la consulta y el desarrollo equilibrado justo y sustentable de la región. Sin embargo, las instituciones del gobierno estatal de Chihuahua, no han cumplido con dichos efectos y ello derivó en un recurso de inconformidad que la comunidad presentó ante el Tribunal Colegiado.
El pasado 19 de marzo se realizó la Audiencia Extraordinaria en el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal y Administrativa, en la que la magistrada Nancy Elizabeth Sánchez Corona y los magistrados Rafael Rivera Durón y Amílcar Azael Estrada Sánchez, leyeron en formato fácil y con traducción al rarámuri la resolución que emitieron a favor de la comunidad.
Ante los integrantes de la comunidad rarámuri de Huitosachi, la magistrada y los magistrados resolvieron que no se ha dado cumplimiento a la sentencia que la Suprema Corte de Justicia de la Nación emitió en el 2010, a fin de que el desarrollo turístico de la región no resultara perjudicial para las y los integrantes de la comunidad, así como al derecho a la consulta pública que tiene la comunidad.
“Resolvimos que no estamos de acuerdo en que se ha dado cumplimiento, porque las acciones que han reportado las autoridades del Estado de Chihuahua no están encaminadas a lograr mejoras en su comunidad para lograr un desarrollo integral, equilibrado, justo y sustentable, sino únicamente para promover el turismo en la zona donde ustedes viven”, leyeron la y los magistrados en la sentencia, para luego ser traducidos po runa intérprete.
“Nos percatamos de que la promoción del turismo la Sierra Tarahumara, al no tomar en cuenta sus necesidades y su cultura, les ha afectado en la supervivencia de quienes forman parte de la comunidad de Huitosachi”, comentaron.